Ministerio de Salud expide nueva Resolución 948 de 2026: así cambia el proceso de facturación electrónica en salud y el manejo del RIPS

ContabilidadNovedadesRegulaciónSalud

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 948 de 2026, una normativa que redefine el funcionamiento del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) como soporte obligatorio de la Factura Electrónica de Venta (FEV) en salud.

La nueva resolución deroga las Resoluciones 2275 de 2023, 558 de 2024 y 1884 de 2024, consolidando en una sola norma los lineamientos técnicos y operativos para la validación, transmisión y trazabilidad de la facturación electrónica del sector salud en Colombia.

¿Qué busca la nueva resolución?

El objetivo principal es fortalecer el proceso de validación entre la factura electrónica y los RIPS, mejorando:

  • La calidad de la información en salud.
  • La trazabilidad de las cuentas médicas.
  • La interoperabilidad entre actores del sistema.
  • El control y auditoría de los servicios facturados.
  • La automatización de los procesos de radicación y pago.

La resolución establece oficialmente el uso del “Mecanismo Único de Validación”, plataforma administrada por el Ministerio de Salud que verificará la relación entre la factura electrónica y el RIPS antes de su radicación ante las entidades pagadoras.

¿Quiénes deben cumplir esta resolución?

La normativa aplica para:

  • IPS públicas y privadas.
  • Profesionales independientes en salud.
  • Empresas de transporte asistencial.
  • Proveedores de tecnologías en salud.
  • EPS y demás entidades responsables de pago.
  • ARL, entidades territoriales y aseguradoras SOAT.
  • Fabricantes e importadores de medicamentos y dispositivos médicos en ciertos procesos de compra masiva.

Sin embargo, la resolución excluye algunos servicios específicos como:

  • Cirugía estética no financiada con recursos públicos.
  • Medicina alternativa excluida del sistema.
  • Centros de investigación.
  • Centros de reconocimiento de conductores.

El RIPS ahora será obligatorio como soporte de la factura electrónica

Uno de los cambios más importantes es que el RIPS deja de verse únicamente como un reporte estadístico y pasa a convertirse en el soporte oficial de la Factura Electrónica de Venta en salud.

Esto significa que:

  • Toda factura deberá estar relacionada con un archivo RIPS válido.
  • El sistema validará automáticamente estructura, contenido y coherencia.
  • Solo las facturas aprobadas recibirán el Código Único de Validación (CUV).
  • Las entidades pagadoras no podrán radicar facturas sin este código.

Cambios importantes para IPS y facturadores

La Resolución 948 introduce varios ajustes técnicos que las instituciones deberán implementar en sus sistemas:

Nuevos procesos obligatorios

Las entidades deberán:

  • Generar RIPS en formato JSON.
  • Validar localmente la información antes del envío.
  • Transmitir los archivos al mecanismo único de validación.
  • Mantener trazabilidad completa del proceso.

Validaciones más estrictas

El Ministerio aclara que:

  • Las EPS no podrán crear reglas adicionales de validación.
  • No podrán exigir estructuras distintas a las oficiales.
  • No podrán solicitar reportes consolidados adicionales obtenibles desde los RIPS.

Nuevos campos obligatorios en la factura electrónica

La resolución también incorpora nuevos campos adicionales para la FEV en salud, entre ellos:

  • Modalidad de pago.
  • Cobertura o plan de beneficios.
  • Código Único de Contrato (CUCON).
  • Número de póliza.
  • Justificación de facturas sin contrato.

Asimismo, se reglamenta el manejo de:

  • Copagos.
  • Cuotas moderadoras.
  • Anticipos.
  • Pagos compartidos.
  • Fechas del periodo de facturación.

Compras masivas de medicamentos tendrán tratamiento especial

La norma introduce una novedad importante para fabricantes e importadores de medicamentos y dispositivos médicos.

Cuando existan compras masivas directas realizadas por EPS, estas podrán manejarse mediante facturas electrónicas convencionales sin RIPS, aunque deberán pasar por un módulo especial de validación del Ministerio.

Implementación gradual: fechas clave

La resolución establece un cronograma progresivo de aplicación:

  • Desde el 1 de junio de 2026 entran en vigencia reglas que pasarán de “notificación” a “rechazo”.
  • Desde el 1 de julio de 2026 serán obligatorios los ajustes estructurales de software.

Esto implica que las IPS, proveedores tecnológicos y entidades pagadoras deberán actualizar sus plataformas y procesos antes de esas fechas.

La Resolución 948 de 2026 fue expedida oficialmente por el Ministerio de Salud y Protección Social el 14 de mayo de 2026.


Más Artículos

Menú